Micelio
Auto26 de julio de 1995

A- de 1995

Ponente Alejandro Martínez Caballero

Demandante Diana Paola Cerquera

Tema · dato duro
No Sustentacion De La Impugnacion.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Impugnación Fallo De Tutela
  • No requiere sustentación
1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

La Corte Constitucional no procedió a la revisión de la sentencia de tutela de la referencia por considerar que debe surtirse la segunda instancia ante el superior inmediato, para que de esta forma se le dé una correcta aplicación al caso concreto de los preceptos constitucionales y legales.

En consecuencia, declara la nulidad de todo lo actuado por el Juzgado y lo exhorta a que tramite la impugnación correspondiente.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (5 puntos)
  1. PRIMERO. No proceder aun a la revision de la sentencia de tutela correspondiente al expediente T-69785 por las razones expuestas en este auto.
  2. SEGUNDO. Declarar la nulidad de todo lo actuado a partir de la providencia de 18 de abril de 1995 y en consecuencia ordenar al Juzgado 9o Penal del Circuito de Neiva que tramite la impugnacion.
  3. TERCERO. A traves de la Secretaria General de la Corte Constitucional, enviar el expediente de tutela de la referencia al Juzgado 9o Penal del Circuito de Neiva, para que en dicho Despacho se surtan los tramites indicados en este auto.
  4. CUARTO. Una vez agotados los tramites previstos en el numeral tercero, devuelvase el expediente a esta Sala de Revision de la Corte Constitucional para lo de su competencia.
  5. QUINTO. Comuniquese esta decision a las pa
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.